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3.- Que habría observado la presentación del informe pericial mediante memorial de fs. 104-105 que fue puesto en traslado en lo principal de dicho memorial y rechazada la solicitud de que se realice otro examen de ADN por el IDIF de otro distrito, puesto que el informe pericial habría dilatado exageradamente el tiempo prudencial para emitir su resultado, teniendo presente que cualquier muestra orgánica tendría un determinado lapso de vida y que solamente se habría tomado muestras de saliva al menor siendo que en primer aspecto debió haber averiguado el IDIF a través de la prueba negativa de sangre
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
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- Consiguientemente solicitan al Tribunal de Casación anule obrados hasta el vicio más antiguo
- Del análisis del recurso de casación se tiene que el recurrente a manera de
- Por otra parte, resulta necesario aclara que acoger el razonamiento formalista del recurrente, significaría ir
- En este antecedente, se tiene que del análisis de la Resolución de Alzada se tiene
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán
