Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0677/2015-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0677/2015-L

    Fecha: 13-Ago-2015

    En el punto tercero señala que el Auto de Vista carecería de fundamentación que justifique

    En el punto tercero señala que el Auto de Vista carecería de fundamentación que justifique el monto resarcible (20 años de sueldo del fallecido). Finalmente como defectos absolutos del Auto de Vista señala la usurpación de funciones, al modificar la concepción de homicidio por emoción violenta por DOLO y de forma ilegal admitir un desproporcionado e ilícito resarcimiento
    • ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Contra la indicada Resolución, interpuso recurso de apelación la parte demandada, en base de dicho
    • DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
    • En otro punto acusa sobre la falta de personería legal de la demandante, indicando que
    • En el punto tercero señala que el Auto de Vista carecería de fundamentación que justifique
    • Estando planteado el recurso de casación en la forma; es importante hacer notar que la
    • 3
    • Por tanto concluiremos indicando que el Auto de Vista contiene las suficientes razones y motivos
    • 4
    • Nuestra legislación en el art
    • En consideración a los razonamientos expuestos, corresponde fallar en sujeción a lo determinado por los
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca