Contra dicha Sentencia, la parte actora, presentó recurso de apelación, motivo por el cual el
Contra dicha Sentencia, la parte actora, presentó recurso de apelación, motivo por el cual el Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca emitió el Auto de Vista, de fecha 17 de septiembre de 2010, el mismo que confirma totalmente la Sentencia y el Auto Nº 34, de 15 de enero de 2010
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra dicha Sentencia, la parte actora, presentó recurso de apelación, motivo por el cual el
- CONSIDERANDO II: DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Menciona que la falta de radicatoria infringe flagrantemente los dispuesto por el art
- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Con relación a la verdad material, el Tribunal Constitucional, en su SC 0458/2007-R, de 3
- La presente Resolución no ingresa a considerar el fondo de la litis en virtud a
- No se impone multa por ser excusable
- En cumplimiento a lo previsto por el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani
