Auto Supremo AS/0549/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0549/2015-RA-L

Fecha: 16-Sep-2015

Con relación a los motivos primero y segundo del recurso de casación, relativos al cuestionamiento


Con relación a los motivos primero y segundo del recurso de casación, relativos al cuestionamiento de falta de fundamentación y valoración defectuosa de la prueba que denotaría la Sentencia, extremos que habrían sido validados y confirmados por el Tribunal de alzada, se advierte que la recurrente cita y adjunta al memorial los Autos Supremos 305 de 25 de agosto de 2006, 533 de 27 de diciembre de 2006, 205 de 28 de marzo de 2007, 82 de 30 de enero de 2006, 025 de 4 de febrero de 2010 y 086 de 18 de marzo de 2008, como precedentes contradictorios, resultando que con relación a los primeros cuatro invocados, los mismos no fueron invocados a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, conforme exige la segunda parte del art. 416 del CPP, teniendo en cuenta, que la recurrente a través de este medio de impugnación expresa su disconformidad con la Sentencia, por lo que su invocación oportuna es de inexcusable cumplimiento. Por otro lado, si bien invocó en apelación restringida los Autos Supremos 025 de 4 de febrero de 2010 y 086 de 18 de marzo de 2008, invocados igualmente en el presente recurso, la recurrente omitió expresar de algún modo, la contradicción que pudiera existir entre los precedentes y el Auto de Vista que recurre en casación; asimismo, no realizó la comparación de hechos similares y la explicación de su trascendencia en relación al motivo del recurso de casación, requisitos que son ineludibles para su admisibilidad, los que no fueron cumplidos omisión que no puede ser suplida de oficio