Auto Supremo AS/0551/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0551/2015-RA-L

Fecha: 16-Sep-2015

Al respecto se tiene que las recurrentes cumplen con los requisitos de admisibilidad previstos


Respecto de la denuncia de que el Auto de Vista incurrió en el mismo error de la Sentencia al establecer que para la concurrencia del delito de Despojo se debe acreditar penetración al inmueble y expulsión del ocupante expuesto, siendo esta conclusión contraria al Auto Supremo 338 de 5 de abril de 2007, que señala, que también puede existir despojo cuando concurre un impedimento al ejercicio de un derecho real; por lo que, no necesariamente debe exigirse el cumplimiento de todos los requisitos.

Al respecto se tiene que las recurrentes cumplen con los requisitos de admisibilidad previstos en los arts. 416 y 417 del CPP, pues se tiene la oportuna invocación del precedente contradictorio (Auto Supremo 338 de 5 de abril de 2007), es decir al momento de la presentación de su recurso de apelación restringida tal cual se observa del memorial cursante de fs. 250 a 256; asimismo, se efectuó la precisión de la presunta contradicción incurrida por el Tribunal de alzada al momento de emitir la resolución hoy recurrida, constituyendo estos, elementos suficientes que hacen que este Tribunal de casación pueda ingresar al análisis de fondo a fin de determinar lo que fue en derecho