b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada Ximena Delma Morales Vera formuló recurso de apelación
b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada Ximena Delma Morales Vera formuló recurso de apelación restringida (fs. 100 a 109), resuelto por Auto de Vista 14/2011 de 28 de febrero pronunciado por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; por el que, declaró admisible e improcedente el recurso planteado; por ende, confirmó la Sentencia apelada
- Por memorial presentado el 19 de marzo de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada Ximena Delma Morales Vera formuló recurso de apelación
- Del memorial presentado por la recurrente, se extraen los siguientes motivos
- Como cuarto motivo, la recurrente, arguye que el actuar del Juez de Sentencia y el
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- En primer término, cabe recordar que este Tribunal de manera uniforme y reiterada ha establecido
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
- Denuncia respecto a la valoración de la prueba
- En consecuencia, al no haberse cumplido con todos los requisitos de admisibilidad, el recurso de
- Por tal motivo, se reitera que la simple invocación y mención del precedente o un
- Se deja constancia que las Sentencias Constitucionales 478-R de 23 de julio de 2006, 1369/01-R
- En consecuencia, los extremos expuestos demuestran el incumplimiento de los requisitos formales para la admisibilidad
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
