Auto Supremo AS/0554/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0554/2015-RA-L

Fecha: 16-Sep-2015

Como cuarto motivo, la recurrente, arguye que el actuar del Juez de Sentencia y el


Como tercer motivo, reclama que el Juez de Sentencia como el de alzada adolecen de escasa fundamentación intelectiva probatoria, pues no justifican el nivel de aplicación de la pena, debiendo en todo caso estarse a lo más favorable, aspectos que vulneran derechos y garantías constitucionales, establecidos en los arts. 370 inc. 5), 124 y 398 del CPP, art. 8 numeral 2 inc. h) de la Ley 1430 de 11 de febrero de 1993 Pacto de San José de Costa Rica y art. 14 numeral 5 de la Ley 2119 de 11 de septiembre de 2000, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, al efecto invoca el Auto Supremo 183 de 6 de febrero de 2007, 256 de 26 de julio de 2006, 314 de 25 de agosto de 2006 y SSCC 1369/01-R.

Como cuarto motivo, la recurrente, arguye que el actuar del Juez de Sentencia y el de alzada constituye un vicio de incongruencia omisiva (citra petita o ex silentio); y en consecuencia, infracción al principio tantum devolutum quantum apellatum y al deber de fundamentación, como defecto absoluto al no pronunciarse sobre todos los motivos fundados en el recurso de apelación restringida conforme lo determina el Auto Supremo 411 de 20 de octubre de 2006