Por memorial presentado el 8 de abril de 2011, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 562/2015-RA-L
Sucre, 16 de septiembre de 2015
Expediente : La Paz 71/2011
Parte acusadora : Ministerio Público y otra
Parte imputada : Clotilde Ali y otros
Delitos : Lesiones graves y leves y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 8 de abril de 2011, cursante de fs. 425 a 427, Carlos Eduardo Jiménez Alí, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 265/11 de 17 de marzo de 2011 (fs. 418 a 419 vta.), pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Victoria Pacosillo Calsina contra Clotilde Alí de Jimenez, Maria Asunta Jimenez Ali, Fabian Esteban Aduviri Mamani y el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Lesiones Graves y Leves; y, Allanamiento, previstos y sancionados por los arts. 271.II y 298.I del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 562/2015-RA-L
Sucre, 16 de septiembre de 2015
Expediente : La Paz 71/2011
Parte acusadora : Ministerio Público y otra
Parte imputada : Clotilde Ali y otros
Delitos : Lesiones graves y leves y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 8 de abril de 2011, cursante de fs. 425 a 427, Carlos Eduardo Jiménez Alí, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 265/11 de 17 de marzo de 2011 (fs. 418 a 419 vta.), pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Victoria Pacosillo Calsina contra Clotilde Alí de Jimenez, Maria Asunta Jimenez Ali, Fabian Esteban Aduviri Mamani y el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Lesiones Graves y Leves; y, Allanamiento, previstos y sancionados por los arts. 271.II y 298.I del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 8 de abril de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista el 5 de abril
- Del memorial de fs. 425 a 427, se extraen los siguientes motivos
- 2) Alega también que el Tribunal de alzada señala, que no es evidente la
- El art
- Dentro de ese mismo contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Con relación al primer requisito respecto al plazo para la interposición del recurso de casación,
- Respecto a los motivos primero, segundo y tercero, referidos a que: i) El Tribunal de
- Sobre estos tres motivos se evidencia que en los dos primeros la parte recurrente se
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
