Auto Supremo AS/0562/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0562/2015-RA-L

Fecha: 16-Sep-2015

Respecto a los motivos primero, segundo y tercero, referidos a que: i) El Tribunal de


Respecto a los motivos primero, segundo y tercero, referidos a que: i) El Tribunal de Alzada que pronunció el Auto de Vista ahora impugnado, anteriormente rechazo la recusación que planteó en contra del Juez A quo, pese a su allanamiento, disponiendo que prosiga con el conocimiento de la causa; por lo que, cuestiona su imparcialidad al dictar la Sentencia, ilegalidad que el Auto de Vista recurrido da por bien hecha; ii) El Tribunal de alzada señala que no es evidente la infracción a los arts. 334 y 336 del CPP, al considerar que las suspensiones de las audiencias fueron justificadas, argumento que el recurrente considera insuficiente al existir vulneración a los principios de celeridad y continuidad por la suspensión de once meses, advirtiendo que no existen actas de suspensión que justifiquen el hecho, refiriéndose nuevamente a la demanda de recusación “revocada” por el mismo Tribunal que emite el Auto de Vista incongruente con argumentos sin fundamento real, ni legal, al confirmar la Sentencia que vulnera los principios señalados; y, iii) La Sentencia carece de fundamentación respecto a su participación en los hechos