Auto Supremo AS/0566/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0566/2015-RA-L

Fecha: 16-Sep-2015

Con relación al agravio denunciado; por el que, el recurrente carente de técnica recursiva y


Con relación al agravio denunciado; por el que, el recurrente carente de técnica recursiva y sin mayor carga argumentativa, se limita a señalar que el Auto de Vista impugnado, vulneró su derecho a la defensa a momento de resolver los puntos apelados respecto a los defectos de la sentencia, previstos en el art. 370 incs. 1), 5), 6) y 8) del CPP, confirmando la Sentencia, en base a alegaciones que considera contradictorias e insuficientes; puesto que, no tomó en cuenta los elementos probatorios de cargo que establecen que se encontraba en estado de ebriedad durante el hecho, arguyendo su adicción al alcohol; por lo que, cuestiona que no corresponde su penalización, constituyendo defectos absolutos al vulnerar sus derechos a la petición, al debido proceso y a la seguridad jurídica, refiriendo que la “resolución” carece de fundamentación; sobre este motivo se observa que el recurrente se limitó a la simple cita referencial de los Autos Supremos 472 de 8 de diciembre de 2005, 14 de 26 de enero de 2007, 122 de 24 de abril de 2006 y 417 de 19 de agosto de 2003; empero, omitió efectuar la tarea de explicar de manera clara, precisa y debidamente fundamentada, respecto a cuál la situación de hecho similar y principalmente en qué consistiría la contradicción en relación a lo determinado en el Auto de Vista ahora impugnado, conforme a la exigencia establecida en los arts. 416 y 417 del CPP, para que este Tribunal, en virtud a la competencia que le asigna el art. 419 del CPP, con relación al art. 42 de la LOJ, ingrese al análisis de fondo del recurso de casación y proceda a enmendar posibles errores y omisiones cometidas por el Tribunal de apelación