Auto Supremo AS/0585/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0585/2015-RA

Fecha: 10-Sep-2015

En este sentido, se observa que los tres motivos en los que se resumió


Antes de ingresar al análisis de los requisitos de forma, es preciso señalar que si bien las resoluciones emitidas por autoridad jurisdiccional debe ser debidamente motivada y fundamentada, en la misma medida los recurrentes, en procura de buscar una resolución que lo favorezca tiene la carga procesal de redactar su recurso de forma clara y pertinente, de manera que su memorial se encuentre estructurado y compuesto de un esquema lógico-jurídico coherente, que permita entender con claridad sus denuncias y las consiguientes pretensiones, de manera que el Tribunal de impugnación pueda resolver sobre denuncias concretas y no sobre supuestos, conforme lo ampliamente establecido en el capítulo III de la presente Resolución. Además, los recurrentes deben considerar que el recurso de casación debe estar dirigido a la resolución o razonamientos del Auto de Vista recurrido, y no sobre las actuaciones o resolución de la Sentencia.

En este sentido, se observa que los tres motivos en los que se resumió el recurso de casación, están dirigidos a atacar las posibles omisiones de la Sentencia, trascribiendo un sin número de Autos Supremos, pero no señalan de forma clara y pertinente la posible contradicción entre los precedentes citados y el Auto de Vista recurrido, se limitan a realizar transcripciones parciales de la doctrina legal de los mismos, menos señalan que norma distinta se hubiera aplicado a hechos similares, situación que imposibilita que este Tribunal ingrese a conocer el fondo del recurso con la finalidad de unificar jurisprudencia al incumplir con los requisitos previstos por los arts. 416 y 417 de CPP; en definitiva esa falta de la técnica recursiva determina que este recurso devenga en inadmisible