En este sentido, se observa que los tres motivos en los que se resumió
Antes de ingresar al análisis de los requisitos de forma, es preciso señalar que si bien las resoluciones emitidas por autoridad jurisdiccional debe ser debidamente motivada y fundamentada, en la misma medida los recurrentes, en procura de buscar una resolución que lo favorezca tiene la carga procesal de redactar su recurso de forma clara y pertinente, de manera que su memorial se encuentre estructurado y compuesto de un esquema lógico-jurídico coherente, que permita entender con claridad sus denuncias y las consiguientes pretensiones, de manera que el Tribunal de impugnación pueda resolver sobre denuncias concretas y no sobre supuestos, conforme lo ampliamente establecido en el capítulo III de la presente Resolución. Además, los recurrentes deben considerar que el recurso de casación debe estar dirigido a la resolución o razonamientos del Auto de Vista recurrido, y no sobre las actuaciones o resolución de la Sentencia.
En este sentido, se observa que los tres motivos en los que se resumió el recurso de casación, están dirigidos a atacar las posibles omisiones de la Sentencia, trascribiendo un sin número de Autos Supremos, pero no señalan de forma clara y pertinente la posible contradicción entre los precedentes citados y el Auto de Vista recurrido, se limitan a realizar transcripciones parciales de la doctrina legal de los mismos, menos señalan que norma distinta se hubiera aplicado a hechos similares, situación que imposibilita que este Tribunal ingrese a conocer el fondo del recurso con la finalidad de unificar jurisprudencia al incumplir con los requisitos previstos por los arts. 416 y 417 de CPP; en definitiva esa falta de la técnica recursiva determina que este recurso devenga en inadmisible
- Por memorial presentado el 29 de mayo de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) El 10 de abril del 2015 (fs
- 2) Como segundo motivo, señala falta de fundamentación de la Sentencia, sin embargo el
- 3) Que, la Sentencia se basa en hechos no acreditados y valoración defectuosa
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, el recurso fue interpuesto dentro del plazo previsto por la
- En este sentido, se observa que los tres motivos en los que se resumió
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
