b) Contra la mencionada Sentencia, Edwin Enríquez Mercado, en representación legal del Servicio Nacional del
b) Contra la mencionada Sentencia, Edwin Enríquez Mercado, en representación legal del Servicio Nacional del Sistema de Reparto, formuló recurso de apelación restringida (fs. 212 a 213), resuelto por Auto de Vista 46/2011 de 18 de julio (fs. 238 a 239 vta.), pronunciado por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; quien, declaró admisible e improcedente el recurso planteado, confirmando la Sentencia apelada
- Por memorial presentado el 22 de agosto de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, Edwin Enríquez Mercado, en representación legal del Servicio Nacional del
- Del memorial presentado por el recurrente, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Con relación a los demás requisitos, el recurrente ingresa en error omisivo, al no establecer
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
