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    Auto Supremo AS/0590/2015-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0590/2015-RA

    Fecha: 11-Sep-2015

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    • Por memorial presentado el 15 de junio de 2015, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • b) Contra la mencionada Sentencia el imputado Gonzalo Antonio Michel Salces, formuló recurso de
    • Del memorial de fs. 1244 a 1246 vta., se extraen los siguientes motivos
    • 2) Como segundo motivo denuncia, que el Auto de Vista ingresó a analizar
    • 3) Como tercer motivo, alegan que el Auto de Vista ingresó a establecer la
    • 4) Como cuarto motivo, el recurrente denuncia, que en el Auto de Vista el Presidente
    • 5) Como quinto motivo, denuncia que para la emisión de la sentencia de primea instancia,
    • El art
    • En este contexto, el art
    • i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
    • Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
    • También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
    • Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
    • Denuncia respecto a la valoración de la prueba
    • Ahora bien, en cuanto a los demás requisitos de admisibilidad, del análisis del presente recurso
    • No obstante lo señalado, corresponde verificar si el impugnante cumplió con la carga argumentativa suficiente
    • En consecuencia, al no haberse cumplido con todos los requisitos de admisibilidad, el recurso de
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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