b) Contra la mencionada Sentencia el imputado Gonzalo Antonio Michel Salces, formuló recurso de
b) Contra la mencionada Sentencia el imputado Gonzalo Antonio Michel Salces, formuló recurso de apelación restringida (fs. 1214 a 1220), resuelto por Auto de Vista 99 de 12 de mayo de 2015 (fs. 1233 a 1235); emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, quien declaró admisible e improcedente el recurso planteado; por ende, confirmó la Sentencia apelada
- Por memorial presentado el 15 de junio de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia el imputado Gonzalo Antonio Michel Salces, formuló recurso de
- Del memorial de fs. 1244 a 1246 vta., se extraen los siguientes motivos
- 2) Como segundo motivo denuncia, que el Auto de Vista ingresó a analizar
- 3) Como tercer motivo, alegan que el Auto de Vista ingresó a establecer la
- 4) Como cuarto motivo, el recurrente denuncia, que en el Auto de Vista el Presidente
- 5) Como quinto motivo, denuncia que para la emisión de la sentencia de primea instancia,
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
- Denuncia respecto a la valoración de la prueba
- Ahora bien, en cuanto a los demás requisitos de admisibilidad, del análisis del presente recurso
- No obstante lo señalado, corresponde verificar si el impugnante cumplió con la carga argumentativa suficiente
- En consecuencia, al no haberse cumplido con todos los requisitos de admisibilidad, el recurso de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
