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    Auto Supremo AS/0592/2015-RA-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0592/2015-RA-L

    Fecha: 17-Sep-2015

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    • Por memorial presentado el 11 de junio de 2011 cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes remitidos en casación, se establece lo siguiente
    • b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada Margot Tatiana Muñoz de Arano, (fs
    • De la revisión del recurso de casación de fs
    • Asimismo, denuncia que el acusador particular, con ningún elemento de prueba demostró la hipótesis de
    • 2) Refiere que se vulneró el debido proceso, por cuanto una vez presentada
    • El art
    • En este contexto, el art
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
    • En primer término, cabe recordar que este Tribunal de manera uniforme y reiterada ha establecido
    • También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
    • Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
    • Denuncia respecto a la valoración de la prueba
    • De la revisión del presente caso, se evidencia que la recurrente, fue notificada con el
    • En ese entendido, es imperioso precisar que el impugnante tiene la carga procesal de fundamentar
    • No obstante lo señalado, de acuerdo a la argumentación expresada en el motivo sujeto a
    • Con referencia a la denuncia genérica de lesión de los derechos al debido proceso y
    • Respecto al segundo motivo, en el que denuncia que presentada su solicitud de extinción de
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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