Auto Supremo AS/0599/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0599/2015-RA-L

Fecha: 17-Sep-2015

Ahora bien, respecto a la denuncia referida a que el Auto de Vista recurrido no


Ahora bien, respecto a la denuncia referida a que el Auto de Vista recurrido no consideró los defectos procesales absolutos denunciados; por cuanto, incurriendo en una confusión se habría fundamentado en una apelación incidental que –afirma- fue resuelto con anterioridad; aspecto, que evidenciaría que el Tribunal de alzada actuó de forma ultra petita e incumplió lo establecido por el art. 413 del CPP; puesto que, a decir del recurrente, al haber sido demostradas y fundamentadas las violaciones y erróneas aplicaciones de las normas que hubieren constituido defectos absolutos, debió declarar procedente su recurso y anular totalmente la Sentencia disponiendo la reposición del juicio en resguardo del debido proceso