La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación de fs. 183 a 184 vta., interpuesto por Ángel Cochi Ayca
- Por memorial presentado el 16 de agosto de 2011, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Ángel Cochi Ayca formuló recursos de apelación incidental
- c) Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista, el 10 de agosto de
- Del memorial de fs. 183 a 184 vta., se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene, que el recurrente cumplió con el primer requisito
- Ahora bien, respecto a la denuncia referida a que el Auto de Vista recurrido no
- Sobre este reclamo corresponde señalar que el recurrente con poca técnica recursiva, omitió por completo
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
