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    Auto Supremo AS/0604/2015-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0604/2015-RRC

    Fecha: 11-Sep-2015

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    • En la misma línea de la denuncia, el recurrente califica de ilegal la afirmación del
    • Mediante Auto Supremo 356/2015-RA de 5 de junio, de fs
    • Que, la acusadora particular trabaja en la Cooperativa de Crédito COBEE Ltda
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió la Resolución
    • En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
    • Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
    • De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
    • III.2. Análisis del caso en concreto
    • El recurrente denuncia que el Auto de Vista recurrido, habría incurrido en revalorización de prueba
    • El primer precedente fue emitido dentro de un proceso penal seguido por el delito de
    • Como uno de los elementos constitutivos del debido proceso, se encuentra el derecho a recurrir
    • Además, todo Tribunal de alzada, que advierta en el examen inicial del recurso de apelación
    • Respecto al Auto Supremo 249/2012-RRC de 10 de octubre, y el Auto de Vista ahora
    • En este sentido, de la revisión del contenido del Auto de Vista impugnado, respecto a
    • Por todo lo expresado en el presente acápite, y ante la inexistencia de contradicción entre
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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