Auto Supremo AS/0605/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0605/2015-RA-L

Fecha: 17-Sep-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Previa conversión de la acción, en mérito a la acusación particular presentada por Armando Salvatierra Lorberg (fs. 362 a 363 vta.), una vez concluida la audiencia de juicio oral y público, el Juez Cuarto de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, pronunció la Sentencia 3/2010 de 26 de abril (fs. 432 a 435 vta.), por la que declaró a los imputados José Fernando Baya Ledezma y Karola Gonzalvez Rodríguez, absueltos de pena y culpa de la comisión de los delitos de Lesiones Leves y Tentativa de Homicidio, previstos y sancionados por los arts. 271 y 252 inc.3) con relación al art. 23 del CP, imponiendo al primero como medida de seguridad, el sometimiento a tratamiento psicológico, debiendo presentar un informe del profesional en el término de noventa días, además se le prohíbe tener contacto con el “imputado”, sin costas