En el caso de autos, se establece que el 12 de agosto de 2011, el
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE ADMISIÓN
En el caso de autos, se establece que el 12 de agosto de 2011, el recurrente fue notificado con el Auto de Vista impugnado y el 18 del mismo mes y año, formuló recurso de casación; es decir, dentro del plazo de cinco días hábiles que le otorga la ley, cumpliendo con el requisito temporal previsto por el art. 417 del CPP
- Por memorial presentado el 18 de agosto de 2011 cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- 1) Bajo el subtítulo “NULIDAD DEL AUTO DE VISTA POR FALSEDAD DE ARGUMENTOS RESPECTO DE
- 2)Arguye, “NULIDAD DEL AUTO DE VISTA POR REVALORIZAR LA PRUEBA DEL JUICIO (Contravención del A
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 12 de agosto de 2011, el
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, el recurrente en el primer
- En cuanto al segundo motivo, el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada erradamente estableció
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
