De la revisión de antecedentes se concluye que la parte querellante, quien fue notificada con
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
De la revisión de antecedentes se concluye que la parte querellante, quien fue notificada con el Auto de Vista hoy impugnado el 21 de julio de 2011 (fs. 461), y presentó su recurso de casación el día 27 del mismo mes y año; cumpliendo con el requisito formal referido al plazo previsto por el párrafo primero del art. 417 del CPP
- Por memorial presentado el 27 de julio de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Alega la recurrente que tanto el A quo y el Tribunal de alzada, no
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- De la revisión de antecedentes se concluye que la parte querellante, quien fue notificada con
- En el primer motivo de casación; por el cual, el recurrente denuncia errónea interpretación de
- En cuanto a la invocación de la Sentencia Constitucional 370/2002-R, cabe aclarar a la parte
- En el segundo motivo de casación, la recurrente se limitó a señalar que el Tribunal
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
