Auto Supremo AS/0620/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0620/2015-RA-L

Fecha: 17-Sep-2015

En cuanto a la invocación de la Sentencia Constitucional 370/2002-R, cabe aclarar a la parte


En cuanto a la invocación de la Sentencia Constitucional 370/2002-R, cabe aclarar a la parte recurrente, que el mismo por mandato expreso del art. 416 del CPP., no tiene la calidad de precedente; por lo que, no puede ser invocado a fin de que éste Tribunal ejerza su función unificadora de jurisprudencia