Auto Supremo AS/0622/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0622/2015-RA-L

Fecha: 17-Sep-2015

Adicionalmente, se aclara que los Autos Supremos 383 de 7 de agosto de 2003, y


Adicionalmente, se aclara que los Autos Supremos 383 de 7 de agosto de 2003, y 4/92 de 11 enero de 1992, están referidos a procesos penales tramitados con el Código de Procedimiento Penal de 1972, no correspondiendo al sistema acusatorio en vigencia plena a partir del 31 de mayo de 2001, conforme la disposición final primera del actual Código de Procedimiento Penal (Ley N°1970), por lo que dichas resoluciones constituyen precedentes contradictorios al fallo recurrido, máxime si se tiene presente que por mandado legal sólo tienen calidad de precedentes contradictorios a efectos del recurso de apelación restringida y de casación, aquellos Autos Supremos emitidos por las Salas Penales del Tribunal Supremo de Justicia o Autos de Vista pronunciados por Tribunales Departamentales de Justicia, emitidos en procesos penales tramitados conforme el vigente sistema procesal, teniendo en cuenta que tanto el recurso de apelación y de casación tienen en la actualidad fines distintos a los que se reconocían en el abrogado sistema procesal (Código de Procedimiento Penal de 1972), en conclusión no son precedentes contradictorios válidos dentro de un recurso de casación