Auto Supremo AS/0630/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0630/2015-RA-L

Fecha: 18-Sep-2015

Con relación al motivo planteado, se advierte que el recurrente invocó como precedente contradictorio los


Con relación al motivo planteado, se advierte que el recurrente invocó como precedente contradictorio los Autos Supremos 356 de 16 de septiembre de 2005, 316 de 13 de junio de 2003 y 416 de 19 de agosto de 2003; empero, de los mismos no explicó ni fundamentó en qué consistiría la contradicción en que habría incurrido el Tribunal de alzada con relación a este, siendo que simplemente señaló que se refieren a la aplicación del art. 169 del CPP; en tal sentido, se hace evidente la inobservancia de la norma contenida por el art. 417 del CPP, omisión que no puede ser suplida de oficio y que deriva en que este Tribunal no tenga abierta su competencia para conocer el fondo de los motivos, al no haberse sentado las bases para verificar el sentido jurídico contradictorio