Auto Supremo AS/0633/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0633/2015-RA-L

Fecha: 18-Sep-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 18/09 de 17 de enero de 2009 (fs. 114 a 118 vta.), el Tribunal de Sentencia de Quillacollo del Distrito Judicial de Cochabamba, declaró a Rosilda Arias Orellana, autora de la comisión del delito de Estelionato, previsto y sancionado por el art. 337 del CP, imponiéndole la pena de tres años y seis meses de presidio.

b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada formuló recurso de apelación restringida (fs. 121 a 125), resuelto por Auto de Vista 81 de 29 de diciembre de 2010 emitido por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, que declaró improcedente el citado recurso y confirmó la Sentencia apelada