De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:
La recurrente denuncia que interpone recurso de casación contra el Auto de Vista impugnado, en virtud de que dicho fallo es atentatorio a sus derechos, solicitando se admita el recurso y previo trámite de ley, la Corte Suprema de Justicia ordene una nueva valoración del juicio a objeto de remediar la injusta aplicación de las leyes y se respete el debido proceso. Invoca los Autos Supremos 297 de 30 de julio de 2002, 83 de 8 de marzo de 2020, 331 de 27 de agosto de 2002, 394 de 10 de octubre de 2002 y “varios otros dictados por la Corte Suprema y las Cortes Superiores de Distrito en sus Salas Penales mismas que son inherentes a la presente causa” (sic)
- Por memorial presentado el 21 de mayo de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificada la recurrente con el referido Auto de Vista el 16 de mayo de
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En ese sentido se evidencia en primer lugar que en el caso de autos, respecto
- Respecto a los demás requisitos señalados en la normativa legal precitada concordante con el art
- Por previsión del art
- La recurrente debe tener presente que la presentación del recurso no es un mero formalismo,
- Por lo señalado, ante la evidencia de que el recurso casacional fue planteado de forma
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
