Auto Supremo AS/0639/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0639/2015-RA-L

Fecha: 18-Sep-2015

Previo a ingresar al análisis del caso concreto en cuanto a motivo de casación, corresponde


En cuanto al único motivo, en el que se denuncia que en la emisión del Auto de Vista recurrido se vulneró la ley sustantiva por incurrir en los mismos defectos de la Sentencia por contener una insuficiente fundamentación probatoria descriptiva e intelectiva y errónea valoración de la prueba y confirmar la exclusión probatoria e indebida de dos informes periciales obtenidos de forma licita en la etapa investigativa, actuando en contradicción a los precedentes contradictorios contenidos en los Autos de Vista de 29 de noviembre de 2004, 5 de septiembre de 2005 y 6 de septiembre de 2005, todos emitidos por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior de Justicia de Cochabamba, vulnerando sus garantías constitucionales contenidas en el art. 8 inc. h) y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos de San José de Costa Riza y art. 7 y 8 ambos de la Declaración Universal de Derechos Humanos y en consecuencia ante la denuncia de defectos absolutos corresponde incluso la revisión de oficio dispuesta por el art. 15 de la LOJ.

Previo a ingresar al análisis del caso concreto en cuanto a motivo de casación, corresponde señalar que la labor de este Tribunal Supremo de Justicia se encuentra restringida a efectuar un control eminentemente de derecho sobre el contenido y lo resuelto en el Auto de Vista cuestionado, siempre en correlación a las actuaciones realizadas por el Tribunal de alzada, así se desprende de lo establecido en los arts. 416 y 417 del CPP, referidos a la procedencia y requisitos indispensables que viabilicen la admisibilidad del recurso de casación; en los que se dispone que este medio de impugnación procede para refutar Autos de Vista dictados por las Cortes Superiores de Justicia contrarios a otros precedentes pronunciados por los Tribunales Departamentales de Justicia, antes Cortes Superiores y Autos Supremos dictados por las Salas Penales del Tribunal Supremo de Justicia que sienten o ratifiquen doctrinal legal