Al respecto, se advierte que el recurrente omite explicar de manera clara y precisa, qué
Al respecto, se advierte que el recurrente omite explicar de manera clara y precisa, qué argumentos específicos del Auto de Vista recurrido denotarían la presunta errónea percepción del Tribunal de alza respecto a la fundamentación de la Sentencia y qué prueba (documental, pericial o testifical) habría sido valorada en alzada; asimismo, soslaya exponer cuál la aplicabilidad del precedente contradictorio a partir de la comparación de hechos similares y la trascendencia del motivo en la decisión final de la causa, tal como exige la segunda parte del art. 417 del CPP, ampliamente desarrollado en el apartado III del presente Auto Supremo
- Por memorial presentado el 23 de agosto de 2011, cursante a fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación, se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada Genoveva Loza Vásquez interpuso recurso de apelación restringida
- c) El 17 de agosto de 2011 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivo el siguiente
- El recurrente refiere, que el Auto de Vista impugnado, anuló la Sentencia emitida por supuesta
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos se establece, que el recurso fue interpuesto dentro del plazo
- Como único motivo, el recurrente arguye, que el Tribunal de alzada dejó sin efecto la
- Al respecto, se advierte que el recurrente omite explicar de manera clara y precisa, qué
- En consecuencia, este Tribunal concluye que el recurso interpuesto al no cumplir la normativa procesal
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
