En el caso de autos se establece, que el recurso fue interpuesto dentro del plazo
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO O NO DE REQUISITOS
En el caso de autos se establece, que el recurso fue interpuesto dentro del plazo de cinco días hábiles; habida cuenta, que el recurrente fue notificado con el Auto de Vista impugnado el 17 de agosto de 2011, e interpuso su recurso de casación el 23 del mismo mes y año, cumpliendo de esta manera con el art. 417 del CPP
- Por memorial presentado el 23 de agosto de 2011, cursante a fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación, se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada Genoveva Loza Vásquez interpuso recurso de apelación restringida
- c) El 17 de agosto de 2011 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivo el siguiente
- El recurrente refiere, que el Auto de Vista impugnado, anuló la Sentencia emitida por supuesta
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos se establece, que el recurso fue interpuesto dentro del plazo
- Como único motivo, el recurrente arguye, que el Tribunal de alzada dejó sin efecto la
- Al respecto, se advierte que el recurrente omite explicar de manera clara y precisa, qué
- En consecuencia, este Tribunal concluye que el recurso interpuesto al no cumplir la normativa procesal
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
