La parte recurrente señala como precedentes contradictorios los Autos Supremos 329 de 19 de agosto
2) Por otra parte, expresa que el Auto de Vista señaló que la prueba codificada como MP-D3, señala la existencia de tres heridas y a la vez tres fechas distintas, haciendo sólo una consideración genérica arguyendo extremos que jamás fueron referidos o señalados con referencia al recurso de apelación restringida y sin considerar lo señalado en el precedente que invocó. Por lo referido pretende la aplicación del art. 6 del CPP, porque la carga de la prueba corresponde al acusador público y particular, de modo que al existir una prueba que señala que existen tres heridas distintas en tres fechas distintas, se genera una duda razonable; por lo cual, se debe aplicar el In Dubio Pro Reo.
La parte recurrente señala como precedentes contradictorios los Autos Supremos 329 de 19 de agosto de 2006, 431 de 11 de octubre de 2006 y 315 de 25 de agosto de 2006 y 369 de 5 de abril de 2007 y las Sentencias Constitucionales 0683/2005-R de 20 de junio, 753/2003-R de 4 de junio
- Por memorial presentado el 6 de octubre de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada interpuso recurso de apelación restringida (fs
- c) Notificada la recurrente con el referido Auto de Vista el 30 de septiembre de
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- La parte recurrente señala como precedentes contradictorios los Autos Supremos 329 de 19 de agosto
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se constata que la recurrente cumplió con el primer requisito
- En tal sentido, se hace evidente la inobservancia de la norma contenida por el art
- Por último, a tiempo de fundamentar la vulneración a sus derechos constitucionales, si bien la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
