Auto Supremo AS/0668/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0668/2015-RA-L

Fecha: 21-Sep-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia de 4/2011 de 29 de junio (fs. 89 a 111), el Tribunal Primero de Sentencia del Distrito Judicial de Potosí, declaró a Leocadio Arriola Mamani, autor de la comisión del delito de Lesiones Graves y Leves (segunda parte), previsto y sancionado por el art. 271 del CP, imponiéndole la pena de seis meses de reclusión; y absuelto por la comisión de los delitos Homicidio en Grado de Tentativa y Amenazas, previsto y sancionado por los arts. 251 con relación al art. 8 y 293 del CP. Asimismo, declaró a Saúl Arriola Isla, absuelto de la comisión de los delitos de Lesiones Graves y Leves, Homicidio en Grado de Tentativa y Amenazas, previstos y sancionados por los arts. 271 y 251 con relación al art. 8 y 293 del CP