Regístrese, hágase saber y devuélvase
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Segundina Mamani Thola y Lourdes Quispe Mamani, cursante de fs. 111 a 112 vta.
Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Por memorial presentado el 17 de septiembre de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados presentaron recurso de apelación restringida (de fs
- c) Notificada las recurrentes con el referido Auto de Vista el 12 de septiembre de
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se constata que las recurrentes cumplieron con el requisito relativo
- En relación al primer motivo, las recurrentes básicamente denuncian que Tribunal de alzada no tomo
- Respecto al segundo motivo, las recurrentes esencialmente reclaman que el Tribunal de apelación señaló que
- En ese contexto, es menester reiterar que conforme se afirmó en el acápite III inc
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
