2) Señala que planteó excepciones e incidentes que demuestran falta de acción en sus dos
2) Señala que planteó excepciones e incidentes que demuestran falta de acción en sus dos formas, debido a que existen documentos que acreditan que la imputada es madre del propietario del inmueble, y que al haber sido estafado por la ahora acusadora, existen procesos civiles y penales en contra de la misma, aspecto no tomado en cuenta por el Juez ni por el Tribunal de alzada; lo que habilita para acudir ante el Tribunal Supremo de Justicia para anular el Auto de Vista impugnado, de acuerdo al art. 122 de la CPE, ante la lesión al debido proceso, al haberse rechazado los mismos, provocando defecto inconvalidable de acuerdo al art. 169 incs. 1), 2), 3) y 4) del CPP. Invoca los Autos Supremos 351 de 28 de agosto de 2006 y 107 de 31 de marzo de 2005, cuya doctrina haría referencia a los hechos descritos en el incidente que ilegalmente fueron rechazados
- Por memorial presentado el 12 de septiembre de 2011, cursante de fs
- a) En mérito a la acusación particular presentada por Betzabe Saavedra Estrada (fs
- c) Notificado el representante legal de la acusada, con el referido Auto de Vista
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Agrega que, con relación a la actividad probatoria denunciada en alzada, el Tribunal de apelación
- 2) Señala que planteó excepciones e incidentes que demuestran falta de acción en sus dos
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el recurrente cumplió con el primer requisito
- En el segundo motivo alega el recurrente las excepciones e incidentes planteados por su parte,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
