Auto Supremo AS/0678/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0678/2015-RA-L

Fecha: 21-Sep-2015

En el segundo motivo se denuncia que el Tribunal de alzada no consideró todos los


En el segundo motivo se denuncia que el Tribunal de alzada no consideró todos los aspectos demandados en el memorial “responde” que realizaron a la apelación (fs. 285), lo que a su decir, contradice la doctrina legal establecida en el Auto Supremo 342 de 28 de agosto de 2008, que estaría referida a la debida motivación de las Sentencias. Aquí conviene aclarar que como exigencia de admisibilidad, es imprescindible que el recurso de casación sea formulado en términos claros, concretos y precisos, demostrando la contradicción existente entre el precedente invocado y los fundamentos del Auto de Vista que a criterio del recurrente, le causan agravio; ello en virtud a que se trata de una fase en la que se considera la legalidad en la emisión del Auto de Vista que resuelve un recurso de apelación restringida; consiguientemente, lo correcto debe ser que el recurrente precise en qué aspecto el Tribunal de alzada incurrió en contradicción al momento de la emisión del Auto de Vista del cual se recurre respecto de la jurisprudencia legal establecida