Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs
I.2. Motivos del recurso de casación
Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 250 a 252, interpuesto por la entidad demandada, que de su lectura se extrae como sustancial, lo siguiente:
Que, el Tribunal de Alzada vulneró los arts. 3.h), 64, 66, 150 y 154 del Código Procesal del Trabajo (CPT), al no haber valorado correctamente las pruebas, incurriendo en errores de hecho y de derecho, en cuanto al error de hecho el Juez de instancia -en base a comentarios- determinó que el sueldo mensual de la actora era de Bs.-1.600, siendo que por la abundante prueba de descargo e incluso la prueba de cargo, se demostraría que el haber mensual es de Bs.-1.107, conforme establece la actora en la demanda de fs. 13 a 14, corroborada por el contrato de trabajo de fs. 190 a 192, por el memorial de 26 de septiembre de 2010 y por la planilla de haberes de los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2009 de fs. 197 a 199; refirió que el Auto de Vista recurrido no realizó una suficiente valoración a las pruebas aportadas dentro del proceso, pues no analizó por qué el Juez a quo dispuso un monto superior a lo solicitado, dando por bien hecho lo juzgado por el inferior en grado y sin realizar una apreciación correcta de las pruebas inmersas en el proceso al confirmar la sentencia apelada
Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 250 a 252, interpuesto por la entidad demandada, que de su lectura se extrae como sustancial, lo siguiente:
Que, el Tribunal de Alzada vulneró los arts. 3.h), 64, 66, 150 y 154 del Código Procesal del Trabajo (CPT), al no haber valorado correctamente las pruebas, incurriendo en errores de hecho y de derecho, en cuanto al error de hecho el Juez de instancia -en base a comentarios- determinó que el sueldo mensual de la actora era de Bs.-1.600, siendo que por la abundante prueba de descargo e incluso la prueba de cargo, se demostraría que el haber mensual es de Bs.-1.107, conforme establece la actora en la demanda de fs. 13 a 14, corroborada por el contrato de trabajo de fs. 190 a 192, por el memorial de 26 de septiembre de 2010 y por la planilla de haberes de los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2009 de fs. 197 a 199; refirió que el Auto de Vista recurrido no realizó una suficiente valoración a las pruebas aportadas dentro del proceso, pues no analizó por qué el Juez a quo dispuso un monto superior a lo solicitado, dando por bien hecho lo juzgado por el inferior en grado y sin realizar una apreciación correcta de las pruebas inmersas en el proceso al confirmar la sentencia apelada
- CONSIDERANDO I
- Interpuesto el recurso de apelación por la parte demandada (fs
- Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Acusó también que, en cuanto al error de derecho, que mediante la documental de fs
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto de Vista Nº 54/2011,
- Que, a mérito de estos antecedentes, revisado minuciosamente el recurso de casación en el fondo,
- Por su parte, el art
- De la normativa glosada no es difícil concluir que para que el recurso de casación
- En el caso presente, se establece que el recurrente en casación circunscribe su reclamo en
- Consiguientemente, en el marco de lo expuesto precedentemente, corresponde resolver el recurso de casación según
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
