En grado de apelación interpuesta por la parte demandante en la persona de Edward Fernando
I.1.2 Auto de Vista
En grado de apelación interpuesta por la parte demandante en la persona de Edward Fernando Wayar Vides, tal cual sale de fs. 151 a 153, la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, pronunció el Auto de Vista Nº 103/2011 de 29 de julio, que confirmó parcialmente la Sentencia de grado, modificando la liquidación en la siguiente forma: Sueldo indemnizable, indemnización, desahucio, aguinaldo, vacación, sueldo devengado, bono de antigüedad, menos pago a cuenta, el monto total de Bs.992,97.-; considerando en síntesis que no se había probado la existencia de las horas extras calificadas en Sentencia. Sin costas de acuerdo al art. 39 de la Ley 1178
En grado de apelación interpuesta por la parte demandante en la persona de Edward Fernando Wayar Vides, tal cual sale de fs. 151 a 153, la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, pronunció el Auto de Vista Nº 103/2011 de 29 de julio, que confirmó parcialmente la Sentencia de grado, modificando la liquidación en la siguiente forma: Sueldo indemnizable, indemnización, desahucio, aguinaldo, vacación, sueldo devengado, bono de antigüedad, menos pago a cuenta, el monto total de Bs.992,97.-; considerando en síntesis que no se había probado la existencia de las horas extras calificadas en Sentencia. Sin costas de acuerdo al art. 39 de la Ley 1178
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- II
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