Auto Supremo AS/0692/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0692/2015-RA-L

Fecha: 21-Sep-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Por Sentencia de 09 de mayo de 2011 (fs. 125 a 127), el Juez de Sentencia Primero en lo Penal de la capital de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, declaró a Aldo Adrián Flores Cruz, Autor de la comisión de los delitos de Calumnia e Injuria, previstos y sancionados por los arts. 283 y 287 del CP, condenándole a la pena de dos años y tres meses de privación de libertad, a cumplir en el recinto penitenciario de la referida ciudad, más multa de cien días a razón de Bs. 3.- (tres bolivianos) por día; tomando en cuenta el quantum de la pena también se concedió al acusado la Suspensión Condicional de la Pena: Por otro lado, se declaró al acusado, Absuelto de culpa y pena por la presunta comisión de los delitos de Difamación y Propalación de Ofensas, tipificados por los arts. 282 y 285 de la norma sustantiva penal, sin costas al tratarse de una Sentencia mixta