Por memorial presentado el 8 de septiembre de 2011, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 692/2015-RA-L
Sucre, 21 de septiembre de 2015
Expediente: Chuquisaca 24/2011
Parte Acusadora: Marcelina Betty Nogales Bohorquez
Parte Imputada: Aldo Adrián Flores Cruz
Delitos : Difamación y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 8 de septiembre de 2011, cursante de fs. 321 a 322 vta., Aldo Adrián Flores Cruz, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 311/11 de 29 de agosto de 2011, de fs. 303 a 312 vta., pronunciado por la Sala Penal de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por Marcelina Betty Nogales Bohorquez contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Difamación, Calumnia, Propalación de Ofensas e Injurias, tipificados por los arts. 282, 283, 285 y 287 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 692/2015-RA-L
Sucre, 21 de septiembre de 2015
Expediente: Chuquisaca 24/2011
Parte Acusadora: Marcelina Betty Nogales Bohorquez
Parte Imputada: Aldo Adrián Flores Cruz
Delitos : Difamación y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 8 de septiembre de 2011, cursante de fs. 321 a 322 vta., Aldo Adrián Flores Cruz, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 311/11 de 29 de agosto de 2011, de fs. 303 a 312 vta., pronunciado por la Sala Penal de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por Marcelina Betty Nogales Bohorquez contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Difamación, Calumnia, Propalación de Ofensas e Injurias, tipificados por los arts. 282, 283, 285 y 287 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 8 de septiembre de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, Aldo Adrián Flores Cruz y Marcelina Betty Nogales Bohorquez, interpusieron
- El recurrente, alega que el Tribunal de alzada vulneró los arts
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes se concluye que el imputado fue notificado con el Auto
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, el recurrente a tiempo de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
