Regístrese, hágase saber y devuélvase
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Aldo Adrián Flores Cruz, cursante de fs. 321 a 322.
Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Por memorial presentado el 8 de septiembre de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, Aldo Adrián Flores Cruz y Marcelina Betty Nogales Bohorquez, interpusieron
- El recurrente, alega que el Tribunal de alzada vulneró los arts
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes se concluye que el imputado fue notificado con el Auto
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, el recurrente a tiempo de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
