Auto Supremo AS/0694/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0694/2015-RA-L

Fecha: 21-Sep-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 18/2010 de 3 de diciembre (fs. 90 a 96), el Juez de Sentencia Primero en lo Penal de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, en primer lugar rechazó el incidente de falta de tipicidad opuesto por el co-acusado Álvaro Andrés y en segundo lugar, declaró a: Daniel Montesinos Gutiérrez, absuelto de culpa y pena por el delito de lesiones leves, en razón del retiro de la acusación por parte del Ministerio Público y de la parte querellante y respecto al recurrente, Álvaro Andrés Grimaldiz Manrique, autor de la comisión del delito de lesiones leves, previsto y sancionado por el art. 271 párrafo segundo del CP, imponiéndole la pena de un año y tres meses a ser cumplido en el Centro de Readaptación Productiva de Santo Domingo de Cantumarca, condena que se computará en la forma establecida por el art. 77 del CP; con costas y responsabilidad civil a favor de la parte querellante; y, tomando en cuenta que el acusado reúne los requisitos previstos en el art. 368 del Código de Procedimiento Penal (CPP), que la pena privativa de libertad no excede de dos años de reclusión, le concede el beneficio del perdón judicial