Auto Supremo AS/0695/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0695/2015-RA-L

Fecha: 21-Sep-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a la acusación pública y desarrollada la audiencia de juicio, el Tribunal de Sentencia de las Provincias Pantaleón Dalence y Poopó de la localidad de Huanuni del Distrito Judicial de Oruro, pronunció la Sentencia 08/2010 de 18 de noviembre (fs. 52 a 58), que declaró a Braulio Gonzales Ramos autor de la comisión de los delitos de Peculado y Uso Indebido de Influencias, previstos y sancionados por los arts. 142 y 146 del CP, condenándole a la pena de cuatro años de reclusion, mas multa de ciento cincuenta días, a razón de Bs. 1.- (un boliviano) por cada día; y, a Roberto León Ocaña autor del delito de Peculado, previsto y sancionado por el art. 142 de la norma sustantiva citada, condenándole a sufrir la pena de tres años y tres meses de reclusión, mas multa de cien días a razón de Bs. 1.- (un boliviano) por cada día; asimismo, una vez ejecutoriada la sentencia se aplicará las costas y pago de responsabilidad civil a favor del Estado y la víctima. También se determinó dictar Sentencia absolutoria a favor de Roberto León Ocaña absolviéndolo de pena y culpa por el delito de Uso Indebido de Influencias, previsto y sancionado por el art. 146 del CP