CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
VISTOS: El recurso de casación de fs. 142 a 143, interpuesto por Gabriel Arancibia Benavides, contra el Auto de Vista Nº 40 de fecha 21 de enero de 2011, cursante de fs. 139 a 140, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso ordinario de Reivindicación, seguido por Darvey Nestel Arancibia Benavides contra el recurrente; la concesión de fs. 150; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Tramitado el Proceso, la Juez Noveno de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz, emitió la Sentencia Nº 46/2010 de fecha 15 de julio de 2010, cursante de fs. 125 a 126, declarando PROBADA la demanda y en su mérito ordeno al demandado reintegraren la posesión del inmueble al demandante y permitir el ejercicio de la posesión en su condición de copropietario del inmueble en la parte que le corresponda, bajo prevenciones de ejecución coactiva de lo ordenado, con costas
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Tramitado el Proceso, la Juez Noveno de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz, emitió la Sentencia Nº 46/2010 de fecha 15 de julio de 2010, cursante de fs. 125 a 126, declarando PROBADA la demanda y en su mérito ordeno al demandado reintegraren la posesión del inmueble al demandante y permitir el ejercicio de la posesión en su condición de copropietario del inmueble en la parte que le corresponda, bajo prevenciones de ejecución coactiva de lo ordenado, con costas
- Partes: Darvey Nestel Arancibia Benavides. c/ Gabriel Arancibia Benavides
- Proceso: Reivindicación
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra la referida Sentencia, Gabriel Arancibia Benavides, interpuso recurso de apelación cursante de fs
- En merito a esos antecedentes, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de
- Resolución que dio lugar al Recurso de Casación, interpuesto por Gabriel Arancibia Benavides, mismo que
- CONSIDERANDO II: HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Acusa que existe violación, incorrecta aplicación de los preceptos legales, interpretación errónea e infracción de
- Por los fundamentos expuestos precedentemente solicita se case el Auto de Vista recurrido
- Del análisis del recurso de casación, se tiene que este gira en torno a la
- Una vez admitida la demanda y citado el demandado Gabriel Arancibia Benavides, éste respondió a
- En virtud a esos antecedentes y a la prueba adjunta al presente proceso, el Juez
- Expuestos así los hechos que se suscitaron en la presente acción, corresponde ahora referirnos a
- Por lo expuesto al resultar evidente lo acusado por el recurrente, corresponde a este Tribunal
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Siendo excusable el error no se impone multa al Tribunal de Alzada
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
