ANTECEDENTES DEL PROCESO
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 799/2015 - L
Sucre: 15 de Septiembre 2015
Expediente: LP-31-11-A
Partes: Julio Zenón Arias Zegarra y otra c/ Leonardo Tapia Tapia
Proceso: Mejor derecho de propiedad
Distrito: La Paz
VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs. 787 a 790, interpuesto por Rosa Villca de Mendoza, representante legal de Julio Zenón Arias Zegarra y Rosa Lía Rosario Gonzales de Arias, en contra del Auto de Vista-Resolución Nº D-365, de 22 de octubre de 2010 de fs. 783 a 784, pronunciada por la Sala Civil Cuarta de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en el proceso ordinario de Mejor Derecho de Propiedad seguido por la parte recurrente contra Leonardo Tapia Tapia; el Auto de concesión de fs. 800, los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que, a fojas 728 el Juez Segundo de Partido en lo Civil - Comercial, dicta Auto interlocutorio definitivo de fecha 06 de diciembre del 2008, por el que se declara la perención de instancia, el cual es apelado
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 799/2015 - L
Sucre: 15 de Septiembre 2015
Expediente: LP-31-11-A
Partes: Julio Zenón Arias Zegarra y otra c/ Leonardo Tapia Tapia
Proceso: Mejor derecho de propiedad
Distrito: La Paz
VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs. 787 a 790, interpuesto por Rosa Villca de Mendoza, representante legal de Julio Zenón Arias Zegarra y Rosa Lía Rosario Gonzales de Arias, en contra del Auto de Vista-Resolución Nº D-365, de 22 de octubre de 2010 de fs. 783 a 784, pronunciada por la Sala Civil Cuarta de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en el proceso ordinario de Mejor Derecho de Propiedad seguido por la parte recurrente contra Leonardo Tapia Tapia; el Auto de concesión de fs. 800, los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que, a fojas 728 el Juez Segundo de Partido en lo Civil - Comercial, dicta Auto interlocutorio definitivo de fecha 06 de diciembre del 2008, por el que se declara la perención de instancia, el cual es apelado
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Que, la Sala Civil Cuarta de la R
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Como parte de su argumento trae a consideración Autos Supremos de las Gacetas Judiciales de
- En otro punto, señala que el Juez A quo no cumplió con lo determinado y
- Por dicho motivo solicita la anulación del proceso hasta el vicio más antiguo; es decir
- Que, una vez analizado los argumentos que esgrime el recurrente en el recurso de casación
- Por lo manifestado a éste Tribunal Supremo de Justicia, le corresponde dar aplicación a lo
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Rómulo Calle Mamani
