En otro punto, señala que el Juez A quo no cumplió con lo determinado y
En otro punto, señala que el Juez A quo no cumplió con lo determinado y dispuesto en el Auto Supremo Nº 314, de fecha 17 de julio de 2007 de fs. 715 a 717 y vta, el mismo que determina la anulación de obrados hasta fojas 162, es decir hasta el estado de que el Juez A quo complemente el Auto de relación procesal, situación que fue soslayada por el Juez afectando intereses de las partes al igual que al debido proceso como al orden público
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Que, la Sala Civil Cuarta de la R
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Como parte de su argumento trae a consideración Autos Supremos de las Gacetas Judiciales de
- En otro punto, señala que el Juez A quo no cumplió con lo determinado y
- Por dicho motivo solicita la anulación del proceso hasta el vicio más antiguo; es decir
- Que, una vez analizado los argumentos que esgrime el recurrente en el recurso de casación
- Por lo manifestado a éste Tribunal Supremo de Justicia, le corresponde dar aplicación a lo
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Rómulo Calle Mamani
