Auto Supremo AS/0858/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0858/2015

Fecha: 30-Sep-2015

En el fondo

Resolución que fue recurrida en casación en la forma y en el fondo, mediante dos recursos de casación, presentados por los demandados, los mismos que se analizan.
CONSIDERANDO II: DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
Recurso de casación en el fondo y en la forma de Yolanda Llanos Paredes, Juan Alonso Melgar Paredes y Víctor Hugo Melgar Paredes:
En el fondo:
Acusa que el demandante no probó todos y cada uno de los puntos de hecho a probar, es notario la falta de apreciación y valoración de la prueba en que incurre el Juez suplente que dicta la Sentencia, valorando un proceso de mensura y deslinde tramitado en otro juzgado el mismo que no podía ser valorado conforme lo norma el art. 190 del C.P.C., que manda valorar las pruebas producidas dentro del presente proceso y no en otro, incurriendo en error de derecho. Por otro lado indican que la parte demandante no cumplió con la carga de la prueba conforme lo establece el art. 1283 del C.C., Y el Juez no buscó la verdad histórica de los hechos mediante la producción de la prueba pericial, reconocimiento judicial, informes técnicos de la oficina de Desarrollo Territorial del Municipio, prueba testifical y demás que lleven al juzgador a dictar una Sentencia justa e imparcial