Auto Supremo AS/0003/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0003/2016-RA

Fecha: 18-Ene-2016

Por otro lado, a tiempo de fundamentar la vulneración de derechos y garantías constitucionales, si


Por otro lado, a tiempo de fundamentar la vulneración de derechos y garantías constitucionales, si bien refirió como infringido el debido proceso; sin embargo, no identificó plenamente el defecto absoluto que no es susceptible de convalidación sin especificar los hechos concretos que le causan agravio y el argumento que el Auto de Vista no habría analizado correctamente; y, el resultado dañoso emergente del defecto, teniendo en cuenta, que respecto a la Resolución impugnada (Auto de Vista) simplemente señala, que el mismo no consideró el hecho de una incorrecta ampliación de la acusación y el incumplimiento del art. 336 del CPP, sin establecer jurídicamente y doctrinalmente como el Tribunal de alzada le generó vulneración al debido proceso, siendo que estos aspectos reclamados no son emergentes del Auto de Vista recurrido en casación, debido a que no fueron reclamados en su recurso de apelación restringida; por lo que, el recurrente debió basar su recurso conforme lo establece el art. 416 del CPP; es decir, reclamar sobre cuestiones que fueran resueltas por el Auto de Vista. De la fundamentación expuesta en el recurso, se observa que no se cumplió con los presupuestos de flexibilización para una posible admisión excepcional, impidiendo a este Tribunal la labor encomendada por ley, al no ser posible establecer el sentido jurídico distinto aplicado por el Tribunal de apelación; por lo que, el motivo deviene en inadmisible