b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Manfred Chávez Garrido (fs
b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Manfred Chávez Garrido (fs. 585 a 586 vta.) y los querellantes representados por Michelle Clementelli Añez (fs. 588 a 590), interpusieron recursos de apelación restringida, resueltos por el Auto de Vista 143 de 14 de septiembre de 2015 (fs. 652 a 657), pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisibles e improcedentes los citados recursos
- Por memoriales presentados el 26 y 28 de octubre de 2015, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Manfred Chávez Garrido (fs
- c) El 21 de octubre de 2015 (fs
- Del recurso de Casación de Michelle Clementelli Añez en representación de los querellantes
- Del recurso de Casación de Manfred Chávez Garrido
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Dicho entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 21 de octubre de 2015 (fs
- Ahora bien, el recurrente en el otrosí primero de su recurso de casación invoca también
- Finalmente, las falencias advertidas en el planteamiento del recurso, no pueden ser suplidas de oficio
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
