Del recurso de Casación de Michelle Clementelli Añez en representación de los querellantes
II. DE LOS MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos:
Del recurso de Casación de Michelle Clementelli Añez en representación de los querellantes:
La recurrente denuncia que, el Auto de Vista de 14 de septiembre de 2015 confirmó una Sentencia en la que no se aplicó correctamente el quantum de la pena (5 años de privación de libertad), pues la Resolución recurrida no tomó en cuenta la personalidad del autor, la extensión del daño causado, las circunstancias y premeditación con la que actuó el acusado al ofrecer un negocio rentable sabiendo que no cumpliría con lo comprometido, de igual forma no se consideró el daño económico ocasionado, que asciende a doscientos mil dólares americanos (200.000 $us.), que las víctimas son tres personas, y finalmente, fue declarado rebelde en tres ocasiones; por lo que, correspondía aplicar una pena mayor a la impuesta, es decir, 10 de años privación de libertad, esto en cumplimiento de las previsiones establecidas en los arts. 37 y 38 del CP, al efecto invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 241/2013 de 30 de septiembre, mismo que en su parte relevante estableció que cuando el Tribunal de alzada establece el incumplimiento en la fijación de la pena por parte del Juez o Tribunal de Sentencia, debe proceder directamente a la modificación del quantum de la pena
- Por memoriales presentados el 26 y 28 de octubre de 2015, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Manfred Chávez Garrido (fs
- c) El 21 de octubre de 2015 (fs
- Del recurso de Casación de Michelle Clementelli Añez en representación de los querellantes
- Del recurso de Casación de Manfred Chávez Garrido
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Dicho entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 21 de octubre de 2015 (fs
- Ahora bien, el recurrente en el otrosí primero de su recurso de casación invoca también
- Finalmente, las falencias advertidas en el planteamiento del recurso, no pueden ser suplidas de oficio
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
