Auto Supremo AS/0932/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0932/2015

Fecha: 05-Ene-2016

El recurrente a momento de interponer recurso de apelación no expresó como agravio lo ahora

El recurrente a momento de interponer recurso de apelación no expresó como agravio lo ahora reclamado, conforme a lo previsto en el art. 258.3) del CPC, en el recurso de nulidad no está permitido alegar nuevas causas de nulidad por contravenciones que no se hubiesen reclamado en los Tribunales inferiores, disposición aplicable al caso. Motivo por el cual, este Tribunal se ve impedido de emitir criterio alguno sobre los reclamos efectuados