Auto Supremo AS/0353/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0353/2016

Fecha: 28-Oct-2016

Con relación al recurso de casación en la forma de fs

En el caso de autos, el referido recurso de apelación luego de ser concedido en efecto devolutivo, fue resuelto por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista de 30 de noviembre de 2015, de fs. 144 a 145.
En pleno desconocimiento de lo dispuesto por el art. 518 del CPC-1975, ASSANA Santa Cruz, mediante su representante, contra este Auto de Vista presentó recurso de casación en la forma, mediante escrito de fs. 158 a 160, el cual fue erróneamente concedido por el Tribunal de Alzada, mediante Auto de fs. 164, vulnerando el principio de reserva legal previsto en el art. 14.IV de la Constitución Política del Estado, que tiene plena correspondencia con el art. 518 del tantas veces mencionado CPC-1975 y art. 90 del mismo cuerpo legal. En mérito de estos argumentos y fundamentos, amparados en el principio de legalidad y dirección, corresponde dejar sin efecto el Auto de concesión del recurso de casación en la forma y reconducir el presente proceso.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera del tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución prevista en el arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, 518 del CPC-1975, la Disposición Octava, parágrafo I, del CPC, ANULA OBRADOS hasta fs. 164 inclusive, correspondiendo declarar ejecutoriado el Auto de Vista de fs. 144 a 145, en mérito a los argumentos y fundamentos expuestos en la presente resolución.
Con relación al recurso de casación en la forma de fs. 158 a 160, se rechaza el mismo, en mérito a lo ampliamente explicado